1) ¿La Isapre puede Aumentar mi Plan de Salud?

Las Isapres no están facultadas para aumentar unilateralmente los precios base de los planes de salud, pues ello, implica una transgresión al contrato que suscribiste con la institución.
Por lo tanto, las Isapres sólo pueden modificar el plan de salud, por mutuo acuerdo o en casos muy excepcionales. Con todo, dicha modificación debe realizarse siempre bajo parámetros objetivos y con la correspondiente argumentación de las razones que la sustentan.

2) ¿Cuándo me llegará la Carta de Adecuación, informándome el Alza en mi Plan de Salud?

La carta de aviso con la variación de precios debe llegar con a lo menos tres meses de anticipación, al vencimiento de su anualidad.

3) Recibí la Carta de adecuación, informándome que Aumentará el valor de mi Plan de Salud. ¿Puedo hacer algo al respecto?

Puedes comunicarte a solucionisapre.cl y con nuestra asesoría, puedes interponer un Recurso de Protección ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, con el objetivo que ésta obligue a tu Isapre a mantener el valor actual de tu plan de salud y con las mismas prestaciones. Si no reclamas de esta Alza en tu Plan de Isapre, la ley da por entendido que la acepta.

4) La Isapre me ofrece evitar el Alza de mi Plan de Salud, cambiándome a un plan alternativo. ¿Me beneficia en algo?

Esta alternativa corresponde a aceptar el Alza de tu Plan de Isapre, pues si bien te ofrecen cambiarse a uno con un costo similar, éste tendrá una menor cobertura en las prestaciones que tu plan actual.
En cambio, si interpones un Recurso de Protección, tu Isapre se verá en la obligación a mantener el mismo plan de salud que tenía -con las mismas prestaciones- y al mismo valor.

5) ¿Qué es el Formulario Único de Notificación –FUN-?

Es un documento por el cual las Isapres informan a los empleadores, la contratación o un cambio en el plan de salud que un trabajador contrate o tenga contratado con una Isapre.
En la actualidad las Isapres notifican a los empleadores mediante la entrega física de este formulario, para lo cual los empleadores deben firmar y timbrar en señal de recepción.

6) ¿Qué es un Recurso de Protección?

Es aquella acción que la Constitución concede a todas las personas que como consecuencia de actos u omisiones arbitrarias o ilegales, sufren privación, perturbación o amenaza a sus derechos y garantías constitucionales.

7) Documentos necesarios para presentar un Recurso de Protección.

Debe tener la Carta de Adecuación o el Formulario Único de Notificación (FUN).

8) ¿Existe algún plazo para interponer el Recurso de Protección en contra del Alza de mi Plan de Isapre?

Tienes un plazo de 30 días corridos desde que han sido vulnerados tus derechos constitucionales. El plazo comenzará a regir desde que recibiste la Carta de Adecuación o el Formulario Único de Notificación en tu domicilio, enviado por tu Isapre.

9) ¿Qué puedo hacer si estoy dentro de plazo pero perdí la Carta de Adecuación?

Puedes pedir una copia de la carta de adecuación en cualquier oficina comercial de tu Isapre o por medio de la página web de tu institución de salud. De todas formas, contáctanos a la brevedad, pues es altamente probable que podamos impedir el Alza en tu Plan de Isapre.

10) Pasaron 30 días desde que recibí la Carta de Adecuación en que me informan el Alza en mi Plan de Salud. ¿Qué hago?

Igualmente existen alternativas que permiten impedir el Alza en tu Plan de Isapre. Para ello, contáctanos lo antes posible.

11) ¿Cuánto demora la tramitación del recurso y qué sucede en el tiempo intermedio?

La dictación de la sentencia, por lo general, demora entre 1 a 3 meses. De todas maneras, se solicita una orden de no innovar, la que detiene el alza mientras el Recurso de Protección se está tramitando, dejando sin efecto las fechas señaladas en la carta de adecuación. Esto se pide junto a la presentación misma del recurso.

12) ¿Puedo interponer el Recurso de Protección por el Alza de mi Plan de Salud, si no soy de Santiago?

Si puedes, ya que los Recursos de Protección se presentan en la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, dado que las Isapres tienen su domicilio en la ciudad de Santiago. Por lo que no dudes en contactarnos para poder defenderte.

13) Si inicio esta acción judicial ¿Puede mi Isapre sancionarme de alguna forma?

Bajo ningún punto de vista. Tu Isapre no puede sancionarte de manera alguna, por la interposición de un Recurso de Protección. De igual forma, tampoco pueden desafiliarte, toda vez que las causales son taxativas y están expresamente señaladas en la ley.

TENEMOS LAS RESPUESTAS A TUS INQUIETUDES

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